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Hola:
Te informamos que a partir del 01 de enero de 2021 la AEAT introduce nuevas validaciones en la comunicación de los registros de facturación y pasa a validar supuestos que hasta ahora no se controlaban. Esto puede originar que determinados registros sean rechazados o aceptados con errores, lo que originará que tengamos que efectuar cambios en la forma de registrarlos.
A continuación, muestro un resumen de las nuevas validaciones:
- Las Facturas Rectificativas R2 (concurso de acreedores) y R3 (créditos incobrables), sólo podrá usarse si el destinatario es Nacional.
- Cuando al registrar una Factura informamos campo “ImporteTransmisiónSujetoaIVA” debemos identificar la contraparte.
- No se permitirá las siguientes combinaciones:
- Factura Simplificada con Inversión del sujeto pasivo (F2) + ISP (S2)
- Factura en sustitución de tickets con Inversión del sujeto pasivo (F3) + ISP (S2)
- Un asiento resumen de facturas con Inversión del sujeto pasivo (F4) + ISP (S2)
- Factura simplificada + una línea de IVA con ISP y otra sin ISP; F2 + (S3)
- Factura en sustitución de tickets una línea de IVA con ISP y otra sin ISP; F3 + (S3)
- Un asiento resumen de facturas + una línea de IVA con ISP y otra sin ISP; (F4+S3)
- Una rectificativa de factura simplificada (R5) + una línea con ISP y otra sin ISP (S3)
- No se permitirá registrar una factura emitida con Régimen Especial de bienes usados con dos líneas de IVA, una sujeta y otra con ISP.
- Cambios en el Régimen de Oro de inversión, se producirán rechazos:
- Se está registrando una factura del régimen de oro de inversión con un tipo de IVA sujeto (S1)
- Se está registrando una factura del régimen de oro de inversión con dos líneas de IVA, una para la del oro de inversión sujeta al 21% y otra para la ISP (S3)
- Para subir Facturas Emitidas E2 (Exportación) o E3 (operación asimilada a la exportación) se debe disponer de la Versión 2021.25.000 prevista para el 04-01-2021
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