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Número de Referencia o Descarga datos Fiscales

Si al solicitar el número de referencia o al descargar los datos fiscales te aparece el mensaje: "Error de tiempo de espera superado" o "No se ha podido conectar con el servicio de descarga". Queremos informarte de que estamos revisando la incidencia para identificar el origen y ofrecer una solución lo antes posible.

En cuanto dispongamos de novedades o información actualizada:

Te lo comunicaremos a través de este, POST

Nos ha confirmado AEAT que la ruta de obtención referencia la han tenido que inhabilitar por temas de seguridad: Nos señalan que: "Se está analizando la situación antes de restablecer de nuevo el servicio"

Como solución alternativa , si solicitas una nueva refrencia en la AEAT y la informas en nuestro programa, te dejara descargar los datos fiscales. Seguimos en contacto con AEAT para poder facilitar la solución definitiva.

Fechas Campaña Renta 2025

Te informamos que la versión 2026.56.00 ya está disponible para su descarga e instalación.

Ponemos a vuestra disposición la Guía de la Campaña de Renta 2025

En esta guía encontraréis:


  • Primeros pasos y operativa del Modelo 100
  • Enlaces directos al Centro de Conocimiento
  • Consultas frecuentes y casuística habitual
  • Incidencias más comunes y cómo resolverlas
  • Accesos a recursos, comunidad y canales de soporte

Toda la renta a un clic, Guía del Modelo 100

Seguimiento a la versión

Te informamos sobre los cambios y la versión posterior prevista

Comportamiento

Afectación

Fecha prevista

Versión planificada

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Novedad de Renta 2025

En determinadas circunstancias, no superaba la validación cuando el contribuyente aplicaba la compensación entre cónyuges.

Impresión

04/05/2026

2026.56.000

Última versión Renta

Publicada 30/04/2026 | 2026.56.00 | Ver novedades

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Novedades Renta 2025

1. Actividad directa: Variación de existencias

Se incorpora en el diseño del modelo 100 el desglose de cálculo de la variación de existencias.

Afectación en la aplicación. Se incorpora un desglose en la casilla variación existencias idéntico en ingresos y gastos.

Novedad1

2 . Rendimiento estimación objetiva en actividades agrícolas y ganaderas

1. Se mantienen para 2025 los índices correctores ,sobre el rendimiento neto minorado, debido a la sequía y el incremento de precio de los piensos y energía:

  • Por piensos adquiridos a terceros: 0,50%
  • Por cultivos en tierra de regadío de use energía: 0,75% sobre el rendimiento procedente de estos cultivos

Se elimina las reducciones:

  • Reducción del 35% de adquisición de gasóleo agrícola
  • Reducción del 15% por adquisición de fertilizantes
  • Reducción Lorca del 20% de rendimiento neto
  • Reducción de la Isla de Palma del 20% del rendimiento neto

2.Actividad de producción del mejillón en batea

Este año, esta actividad se incorpora al anexo de actividades agrícolas ganaderas y forestales, en Otros trabajos y servicios accesorios realizados por agricultores, ganaderos o titulares de actividades forestales. con estos índices:

  • 0.90 en 3 o 4 bateas
  • 0.85 en 5 bateas
  • Son los únicos índices que aplicaremos a la actividad de producción de mejillón en batea.

    Se incorpora una nueva clave de actividad Clave 10 y el producto 17

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    Afectación en la aplicación

    Se crea la clave 10 y el producto 17, además de añadir el apartado para la aplicación de los índices correspondientes.

    novedad5

3. Escala de gravamen

Se incrementa el tipo de gravamen para la renta del ahorro en su último tramo, pasando del 28% al 30%

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Por tanto a nivel estatal y autonómico queda:

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4. Estimación objetiva: Regularización subvenciones

REINTEGRO SUBVENCIONES.

Se añade, en REO y REAGFP, una nueva casilla para el Reintegro de Subvenciones:

  • Actividades no AGFP: casilla "0238"
  • Actividades AGFP: casilla "0239"
  • Afectación en la aplicación.

    En los mantenimientos de actividades empresariales modulares y agrarias modulares se ha incorporado el campo Reintegro subveciones:

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5. Capital Inmobiliario

Se incorpora en arrendamiento con contratos a partir del 26 de mayo de 2023 una nueva marca conforme no se tiene derecho a la reducción por arrendamiento de vivienda habitual

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Si se marca no se aplicarán las reducciones por arrendamiento de vivienda habitual.

Arrendamiento a familiares

Se incorpora en el cálculo del inmueble principal arrendado a familiares el rendimiento mínimo computable de los inmuebles accesorios.

Con familiares, AEAT siempre quiere "un mínimo", aunque el alquiler sea bajo, gratuito o con pérdidas.

6. Nueva modalidad de declaración rectificactiva

A partir de este ejercicio se ha incorporado una nueva modalidad de rectificactiva que te explicamos en el siguiente artículo:

Rectificativa: No obligado a declarar / No presentada

7.Nuevas casillas Regularización cuota RETA

Se incorpora en el modelo dos nuevas casillas de Regularización cuotas RETA en función de si la regularización supone al contribuyente un mayor importe a ingresar o un exceso de importe ingresado.

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Actividad directa.

En el desglose gastos a la seguridad social, se incorporan dos nuevos campos incompatibles entre sí.

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Si resulta una cantidad a ingresar: supondrá un incremento de gasto.

Esta casilla se utiliza cuando, tras revisión anual de la seguridad social, se determina que has cotizado por debajo de lo que te correspondía y se debe pagar la diferencia.

Si resulta una cantidad a devolver:

En el caso excepcional de que el importe a devolver supere el importe de las cuotas satisfechas a la Seguridad Social, el exceso se consignará en la casilla Otros ingresos.

Se usa cuando, tras la revisión de la TGSS, se determina que has cotizado de más, y por tanto , la Seguridad Social te devuelve parte de las cuotas.

Si la devolución supera el gasto que tenías declarado en Seg social a cargo del titular de la actividad, el exceso debe integrarse como mayor rendimiento de la actividad, según la doctrina tributaria vigente.

En este caso nos indica la AEAT que deberá declararse en la casilla Otros ingresos.

Como es un caso excepcional, nosotros no lo aplicaremos automáticamente pero sí ofrecemos un mensaje de AVISO NO PERMITIDO GRABAR el desglose.

Nuevos conceptos Libros Ingresos y Gastos: Regularización cuotas RETA

A raíz de la modificación realizada en el modelo 100 del ejercicio 2025 donde en estimación directa se han incorporado dos nuevas casillas de Regularización cuotas RETA en el libro de gastos IRPF se han incorporado dos nuevos conceptos:

  • G47: Regularización RETA (a ingresar)
  • G48: Regularización RETA (devolver)
  • Afectación en la aplicación

    En el mantenimiento de actividad directa trasladaremos los nuevos conceptos a las nuevas casillas de regularización cuota RETA

    novedad5

8. Rendimientos de actividades artísticas obtenidos de manera excepcional

Con efecto desde el 1 de enero de 2005 se contempla una reducción aplicable a los rendimientos de actividades artísticas obtenidos de manera excepcional.

Rendimiento del trabajo

Aquellos artistas cuyos ingresos fluctúen considerablemente de un año a otro podrán beneficiarse de una reducción del 30%

La reducción del 30% se aplicará sobre el exceso de ingresos respecto a la media de los tres años anteriores.

Límite: La cuantía sobre la que se aplicará esta reducción no podrá superar los 150.000 euros anuales.

Se aplicará a los rendimientos íntegros del trabajo obtenidos en el período impositivo a los que no les resulte de aplicación prevista en el artículo 18.2 de la LIRPF (REDUCCIÓN IRREGULAR)

Actividad directa

Rendimientos de actividades artísticas obtenidos de manera excepcional.

La reducción para los rendimientos de actividades artísticas obtenidos de manera excepcional también se aplica a los rendimientos netos de actividades económicas obtenidas en el período impositivo a los que no les resulte de aplicación la reducción prevista en el artículo 32.1 de la LIRPF (Reducción irregular).

En el caso de que excedan del 130% de la cuantía media de los rendimientos netos imputados en los tres períodos impositivos anteriores, se reducirá el 30% el citado exceso.

Afectación en la aplicación

Se ha habilitado en rendimientos del trabajo y en actividades directa un nuevo apartado Red. act.artísticas

novedad8

Cálculo

Calcularemos el importe de la media de los tres ejercicios informados.

Importe (2022+2023+2024) /nº ejercicios informados = Importe media

Si el importe de los rendimientos íntegros de trabajo informados supera este importe en el 130% :

RI trabajo - Importe = Diferencia

Reducción = 30% importe diferencia

Si el importe de la diferencia es superior a 150.000 se aplicará como base el importe de 150.000

9. Ganancias y perdidas patrimoniales

Novedades 2025 para Ganancias y perdidas patrimoniales :

1. Ganancias y pérdidas por la transmisión de participaciones de fondos cotizados (ETF)

Se incorpora un nuevo apartado en el modelo 100 para facilitar la cumplimentación de las operaciones de compraventa de participaciones o acciones de fondos corizados y sociedades de inversión de capital variable.

Afectación en la aplicación

Se incorpora una nueva casilla de verificación a fin de identificar que se trata de esta tipología de fondos cotizados.

novedad5

Estará activa para las claves: OTROS y ACCIONES

2.Bono social térmico

Se incorpora en la renta la casilla (0362) Bono Social Térmico

Afectación en la aplicación

Novedad2

Estará activa para las claves: Ayudas públicas

3.Premios no sujetos a retención

Se incorpora dos nuevas casillas:

  • (0360) para identificar los premios obtenidos por la participación en juegos, rifas o combinaciones aleatorias sin fines publicitarios.
  • (0362) para identificar los premios obtenidos por la participación en concursos o combinaciones aleatorias con fines publicitarios.
  • Afectación en la aplicación

    Se crean dos nuevas clases

    • Premios con fines publicitarios sin retención
    • Premios con fines publicitarios con retención
    • Novedad2_2

4.Venta con inmuebles accesorios

Se incopora un nuevo espacio para el inmueble accesorio tal y como lo permite la AEAT

Novedad2_2

10. Deducción por obtención de rendimientos del trabajo

Los contribuyentes cuyos rendimientos íntegros del trabajo sean inferiores a 18.276 euros podrán aplicar esta deducción sobre la cuota líquida total del impuesto minorada, en su caso, en la deducción por doble imposición internacional, por razón de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  • que obtengan rendimientos íntegros del trabajo, derivados de la presentación efectiva de servicios correspondientes a una relación laboral o estatutaria, inferiores a 18.276 euros
  • que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo antes referidas, superiores a 6.500 euros

Cuantía:

Novedad2

RIT*: Rendimientos íntegros del trabajo.

Límite máximo de la deducción

El importe de esta deducción no podrá exceder de la parte de la suma de las cuotas íntegras estatal y autonómica que proporcionalmente corresponda a dichos rendimientos netos del trabajo (hasta 18.276 euros) computados para la determinación de las bases liquidables.

Afectación en la aplicación

  • Sólo se aplicará a trabajadores en activo, es decir no se aplicará a los rendimientos de pensiones (parados, pensionistas...)
  • A nivel de rendimientos íntegros del trabajador dinerarios y en especie se ha incorporado en el apartado "conceptos" una nueva clave:
  • Novedad2_2

  • A niveles de precálculo se añade una nueva línea por debajo de la deducción por doble imposición internacional donde mostraremos el importe de la deducción
  • Novedad2_2

Vídeos de sesiones online